Select your Top Menu from wp menus

Demanda de Nulidad Electoral dejaría a Colombia sin Congreso ni Presidencia y obligaría a repetir las elecciones.

Demanda de Nulidad Electoral dejaría a Colombia sin Congreso ni Presidencia y obligaría a repetir las elecciones.

Cuatro ciudadanos demandan la nulidad de las elecciones de Congreso, consultas, primera y segunda vuelta presidencial. Tienen reconocimiento como Observadores y otras actividades electorales.

Ante el silencio de las autoridades electorales piden a la Justicia que ordene las pruebas para confirmar o desestimar sus indicios y garantizar así la transparencia de las elecciones.

La demanda no se orienta en la búsqueda de fraude en los votos, ni a una campaña, candidato o partido, sino a fallos estructurales en el proceso que serían causales de nulidad total.

Invocan que una Democracia sana resiste cualquier tipo de auditoría para determinar si unas elecciones fueron limpias y transparentes amparados en el artículo 21 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, la Constitución y la Ley.

BOGOTÁ, 13 de agosto de 2022.- Cuatro ciudadanos colombianos reconocidos como
Observadores y otras actividades electorales, con el respaldo de una Veeduría Electoral debidamente acreditada ante el Consejo Nacional Electoral, demandaron la nulidad de las
elecciones del año 2022 a Congreso de la República, consultas de los partidos, primera y
segunda vuelta presidencial, informaron a este medio a través de comunicado de prensa.

Señala el docuemnto de prensa que “plenamente convencidos de que la Patria se soporta según el Preámbulo y los Principios de la Constitución en el sistema democrático, garante de la estructura del Estado, los deberes y los derechos de los ciudadanos, y que unas elecciones limpias y transparentes están contempladas en el Artículo 21 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, buscaron confirmar si de hecho así fue en los comicios desarrollados en el año 2022, no obstante sus serios indicios de que se habrían podido presentar causales de nulidad electoral por afectación de la mecánica electoral por fuera de los términos de Ley”.

Arguemntan que, tras un exhaustivo y minucioso análisis de los actos administrativos de la Registraduría Nacional del Estado Civil y del Consejo Nacional Electoral, buscaron ampliar la información mediante derechos de petición que no fueron contestados de manera completa ni oportuna conforme a los tiempos y requisitos necesarios para invocar las causales de nulidad, razón por la cual interpusieron la Demanda de Nulidad ante la Justicia colombiana, invocando los indicios y solicitando a la Justicia que sea ella quien ordene la pruebas.

En estos momentos la demanda de nulidad electoral se encuentra en la Sección Quinta del Consejo de Estado a la espera y con plena confianza en la institucionalidad y la integridad de la Justicia y de todos aquellos que la ejercen, de que sea ella quien ordene las pruebas en atención a los Derechos Humanos, la Constitución y la Ley, obrando en Derecho y no en Política, para poder realizar la auditoría que despeje todo manto de duda sobre el proceso electoral.

La Sección del Consejo de Estado consideró como parte interesada a todos los electos en los certámenes electorales de Congreso y Presidencia y a la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, entidad que se encarga de la defensa del Estado en casos tan sonados como el litigio por San Andrés con Nicaragua en La Haya.

No obstante, podrían también declararse como parte interesada todos los ciudadanos colombianos habilitados para votar en Colombia y en el exterior a la luz de los Derechos Humanos y la Constitución, aquellos candidatos no electos a Congreso, consultas de los partidos, primera y segunda vuelta a la presidencia por presunta violación de la mecánica electoral.

Nosotros, ciudadanos colombianos, los demandantes, sin vínculos con otros colectivos que propenden por la transparencia electoral, movidos por un profundo sentimiento patriótico y, confiados en que Dios es el dueño del triunfo en las batallas, esperamos que la Justicia se pronuncie en Derecho en defensa de la República, la Patria, la Democracia y del Pueblo, en quien reside exclusivamente la Soberanía y del cual emana el Poder Público, tal y como reza el Artículo 3 de la Constitución Política de Colombia.

Finalmente señala el comunicado de prensa textualmente que: ““… y sabrán todas estas gentes que Dios no necesita espada o lanza para dar la victoria, porque la suerte de la batalla está en sus manos”. 1 Samuel 17, 47″”.

Related posts

1 Comentario

  1. Fernando barrera

    Debemos unirnos para respaldar a quienes desean la libertad que merecemos los colombianos y q está seriamente amenazada

    Reply

Leave a Reply

Your email address will not be published. Required fields are marked *

en_USEN