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A Petro le toca responder por el secuestro del periodista Fernando González Pacheco, ante la Audiencia Nacional de España

A Petro le toca responder por el secuestro del periodista Fernando González Pacheco, ante la Audiencia Nacional de España

BOGOTÁ, 31 de mayo de 2022.- Un magistrado del Juzgado Central de Instrucción Número 6 explicó que la admisión se produce “a los solos efectos” de ofrecer a los familiares de la víctima la posibilidad de querellar contra el candidato a presidente de Colombia, ya que la Fiscalía rechazó hacerlo

Este lunes se conoció en Colombia la admisión por parte del juez de la Audiencia Nacional Joaquín Gadea una denuncia presentada contra el candidato presidencial colombiano de la ultraizquierda Gustavo Petro Urrego por un delito de secuestro cometido hace varios el cual según las leyes no prescribe. Se trata del presentador de Televisión y periodista Fernando González Pacheco a raíz de que la organización terrorista M-19, en la que aún cuenta con respaldo.

Es así como en un auto del pasado 19 de mayo, el juez de refuerzo del Juzgado Central de Instrucción Número 6 explica que la admisión se produce “a los solos efectos” de ofrecer a los familiares del periodista la posibilidad de querellarse después de que la Fiscalía haya rechazado hacerlo, publicó Europa Press.

En el caso en que el Ministerio Público ha recurrido a una apelación luego de que supuestamente no se apreciara la conexión de los hechos con la jurisdicción del tribunal.

El periodista –en una fecha indeterminada comprendida entre 1977 y 1990– habría sido secuestrado por la guerrilla y liberado posteriormente. González Pacheco, que gozaba de una gran fama en Colombia, murió en Bogotá en 2014 por una complicación cardíaca.

La relación que conecta estos hechos con la Audiencia Nacional es, apunta el magistrado, que fuentes abiertas apuntan que González nació en España. Sin embargo, y para corroborarlo, el magistrado ordena a la Policía comprobar si el periodista “ostentaba la nacionalidad española al tiempo de producirse los hechos denunciados”.

Adicionalmente, el juez Gadea solicita que se averigüe –con el auxilio de las autoridades colombianas– si Petro “goza de estatuto de amnistiado o indultado, y especialmente, si ha sido investigado, absuelto o condenado por los hechos” que se investigan. Y, además, ofrece al propio Petro personarse en esta condición en el presente procedimiento para poder defenderse.

”DIFÍCILMENTE ASUMIBLE” PARA LA AN

Con todo, y teniendo en cuenta el rechazo de la Fiscalía, el magistrado deja claro que será la práctica de estas diligencias las que permitirán “esclarecer, sin lugar a duda, la competencia de la jurisdicción española, y en concreto”, del Juzgado para “comprobar si procesalmente resulta posible su investigación”.

Eso sí, a pesar del “sobrecogedor relato fáctico descrito en la denuncia” el juez advierte que la “extensión y aparente falta de puntos de conexión con la jurisdicción española” permite “aventurar que su conocimiento” es “difícilmente asumible por este Juzgado Central de Instrucción”.

La denuncia interpuesta por François Roger Cavard contra Petro, recoge el auto, imputa al dirigente la comisión de delitos calificados inicialmente como crímenes de lesa humanidad, crímenes de guerra y genocidio.

En la misma, el denunciante relata que Petro “habría sido integrante” de la extinta guerrilla M-19, quienes durante al menos dos décadas (entre los años 70 y 80) emplearon de manera sistemática e indiscriminada el secuestro de personas, así como la tortura y el asesinato intencional con el objetivo de destruir a quienes consideraban su enemigo”.

LOS HECHOS DENUNCIADOS

En su escrito, asegura que las “violaciones de los Derechos Humanos cometidas por Petro Urrego en Colombia durante las décadas de los 70 y 80 que arrojaron un trágico y vergonzoso saldo de miles de personas ejecutadas, otros miles torturados, y miles de víctimas desaparecidas, están aún en la impunidad”.

En concreto, el marco temporal en el que el denunciado sitúa los hechos comprende los años 1977 a 1990 y englobaría tanto acciones cometidas en el interior de Colombia y atribuidas propiamente a la organización M-19 como a acciones cometidas en asociación con grupos paramilitares.

A pesar del extenso relato y repaso a supuestos hechos delictivos cometidos por el grupo, el juez deja claro que “tan solo el caso del secuestro del periodista resultaría (en este momento) con una aparente vinculación con la Jurisdicción española”.

(con información de EP

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